Convocatoria de las ayudas destinadas a fomentar el inicio de la actividad de los emprendedores en Castilla-La Mancha

09 Dic 2016

Dirigida a personas que se dieran de Alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre de 2014 al 31 de octubre de 2016; en el momento de la solicitud deben estar realizando la actividad económica en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla- La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publicaba el pasado viernes 2 de diciembre una resolución de la Dirección General de Programas de Empleo por la que se aprueba para el ejercicio 2016 la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del inicio de la actividad de las personas emprendedoras en Castilla-La Mancha.
 
 
PLAZO DE SOLICITUD
Es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria
 
FORMA DE PRESENTACIÓN
Será de manera telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es )
 
PERSONAS BENEFICIARIAS
Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, cuando se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan con el resto de requisitos previstos en la normativa de aplicación.
 
PRINCIPALES REQUISITOS
- Alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente tiene que haber tenido lugar dentro del periodo comprendido desde el 1 de septiembre de 2014 al 31 de octubre de 2016. 
- En el momento de la solicitud, realizar la actividad económica en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla- La Mancha.
- Que hayan figurado inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha.
- Que la actividad emprendedora que se inicia no esté encuadrada en los sectores agrario, ganadero o forestal
- En el caso de que el solicitante sea una persona con discapacidad, tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social,
 
GASTOS SUBVENCIONABLES
Los derivados del inicio de la actividad económica por los siguientes conceptos:
- Cotizaciones al RETA o mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos, entre otros los de formalización, estudio y constitución de préstamos o avales.
- Honorarios de notaría y registro.
- Tasas y licencias municipales.
- Publicidad, marketing, página web y posicionamiento web.
 
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
- Proyectos de emprendimiento promovidos por hombre: un máximo de 3.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 3.600 euros cuando el proyecto sea promovido por un hombre con discapacidad.
- Proyectos de emprendimiento promovidos por mujeres: un máximo de 4.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 4.800 euros cuando el proyecto sea promovido por una mujer con discapacidad.