Información de interés para los y las profesionales de la Fisioterapia que ejercen como trabajadores autónomos

13 Jun 2024 / COFICAM

El próximo 30 de junio expira el plazo para que los trabajadores autónomos obligados, comuniquen a la Seguridad Social los datos relativos a su actividad.

¿Quiénes son los autónomos que tienen esta obligación y qué deben comunicar?
 
1.- Autónomos Societarios (Mercantiles, y cooperativistas; los que están al frente de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles).
 
Deben Comunicar: Razón social de las sociedades de las que forme parte; si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes, de los que hay que aportar nombre, apellidos y DNI.
 
2.- Trabajadores por cuenta propia con autónomos colaboradores a su cargo.
 
Deben comunicar: Nombre, apellidos y NIF de estos colaboradores.
 
3.- Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE), que trabajan mayoritariamente para un solo cliente.
 
Deben aportar: CIF de este cliente.
 
4.- Autónomos obligados a estar colegiados.
 
Deben notificar: El colegio al que pertenecen.
 
Hay que entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social con el certificado digital del autónomo y comprobar o modificar los datos, o recurrir al gestor de cada profesional para que lo haga.
 
Para acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social, pulsar sobre este enlace.