El fisioterapeuta educativo, presente en el proceso de Evaluación Psicopedagógica del alumnado con discapacidad motora

08 May 2019

Los profesionales que colaboren, como el fisioterapeuta, en la redacción del Informe de Evaluación Psicopedagógica, deben también firmar el documento junto al orientador, máximo responsable de la orientación educativa del centro.

El decreto por el que se regula la inclusión educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha contempla un conjunto de actuaciones y medidas educativas dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje. Dentro de estas medidas, la figura del fisioterapeuta cobra especial importancia como parte integrante de los Equipos y Departamentos de Orientación y Apoyo educativo. “Es importante que el fisioterapeuta participe en el proceso de Evaluación Psicopedagógica del alumnado con discapacidad motora, y realice aportaciones al Informe de Evaluación Psicopedagógica”, afirma Javier Merino, vocal de Toledo de COFICAM.

 

El Decreto 85/2018 de inclusión educativa considera la participación de todo el alumnado en este proceso con el fin de favorecer el progreso educativo teniendo en cuenta las diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones personales, sociales y económicas, culturales y lingüísticas, sin equiparar diferencia con inferioridad, de manera que todo el alumnado pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus potencialidades y capacidades personales.

 

El Informe de Evaluación Psicopedagógica debe recoger, entre otros apartados la valoración funcional del alumno, identificación de potencialidades y barreras a la inclusión, así como la determinación de recursos materiales y personales como parte de la organización de la respuesta educativa, aspectos clave que se extraen de la valoración llevaba a cabo por el fisioterapeuta cuando el alumno presenta un trastorno del sistema neuromusculoesquelético o de control motor.

 

Además, como aspecto novedoso y muy relevante para el reconocimiento de la función del fisioterapeuta como profesional de orientación educativa, este debe firmar dicho documento junto al orientador, también como responsable de la orientación educativa del centro, y el resto de profesionales que hayan participado en su redacción.